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Negociación colectiva bajo fuego

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Negociación colectiva bajo fuego

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Para nada son lo mismo los convenios colectivos y los consejos de salarios, y aquellos que igualan estos conceptos actúan en la OIT y en nuestro medio con segundas intenciones.

Organizado por el PIT-CNT y celebrado a fines de junio, el seminario «Ley de negociación colectiva: Proyecto de modificación y sus impactos» dejó muchas enseñanzas para el movimiento sindical. La primera, saber de qué hablamos cuando utilizamos términos como convenios colectivos y consejos de salarios.

En su exposición durante este evento, el doctor Hugo Barreto —titular grado 5 en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de la República— sostuvo que los empresarios uruguayos tienen, en los hechos, una posición en nuestro país y otra diferente cuando asisten a la OIT. Al respecto sostuvo: «En lo local los empresarios negociaban y negocian —antes y ahora— en forma tripartita, pero en lo internacional quieren limitar la intervención del Estado a los salarios por categorías y a las condiciones de trabajo». Para ellos las demás negociaciones deberían ser bipartitas.

Contra lo que afirman los representantes de las cámaras de comercio y de industria, sobre una supuesta indebida inclinación de la balanza a favor de los trabajadores durante los gobiernos anteriores, para Barreto «jamás ocurrió que el Estado interviniera votando en los convenios colectivos. Sí [lo hizo] en los consejos de salarios. Esa confusión está presente en la OIT y también en nuestro país. La confusión es que, cuando a veces hablamos de consejos de salarios, los llamamos convenios colectivos y no son convenios colectivos».

Para aclarar este punto hasta ahora borroso, aun en el habla cotidiana de los sindicatos, el jurista presentó un ejemplo: «Cuando interviene el Estado a través de todo el mecanismo de la ley de 1943 y de su reforma posterior de 2009 [Ley 18.566] estamos hablando de negociación tripartita en consejos de salarios. Y si nosotros a eso lo llamamos convenio colectivo le estamos dando la razón a quienes impugnan la Ley de Negociación Colectiva, porque a partir de ello nos dicen 'pero entonces está interviniendo el Estado en los convenios colectivos, el Estado vota'. Y yo lo reitero: el Estado jamás votó en un convenio colectivo».

Viraje hacia el gran capital

Por su parte, el presidente del PIT-CNT Marcelo Abdala afirmó que el Gobierno con el proyecto enviado al Parlamento impulsa «retrocesos en la negociación colectiva». Consideró que en la OIT existe una «primacía absoluta de las grandes transnacionales a través de un instituto llamado Unión Internacional de Empleadores», que ha cambiado en las últimas décadas la correlación de fuerzas en aquel organismo internacional. Desde que asumió, el actual Gobierno uruguayo privilegió «los intereses del gran capital, en especial [el] manejado por el complejo agroexportador, que se beneficia de la dotación de recursos naturales del país». Paralelamente asistimos a «un ajuste radical contra los ingresos de las grandes mayorías nacionales y populares». Y parte de ese ajuste consiste en «organizar retrocesos en la negociación colectiva».

Vuelta al primer casillero

Un concepto cuya derogación impulsa el proyecto de ley del Poder Ejecutivo es el de la ultraactividad. Sobre él se extendió la abogada y docente de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Graciela Giuzio, de la Udelar, para quien uno de los principios que caracterizan al derecho laboral es el de la progresividad. Basados en este principio, «los estados asumen una obligación positiva para que no se afecten los niveles de protección que ya se alcanzaron. Una consecuencia de la ultraactividad es la irreversibilidad, 'un principio protector' que ha sido consagrado por la OIT en su constitución», sostuvo la laboralista. Y agregó: negar la ultraactividad «es prescindir de un mecanismo consagrado por instrumentos internacionales», por lo cual «la legislación actual tiene sobrados fundamentos para seguir vigente».