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Libertades perdidas

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Libertades perdidas

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Un reporte del Ministerio de Economía demuestra cuán desconocidas son las consecuencias de la LUC para el ciudadano común.

La Unidad de Defensa del Consumidor dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó un informe sobre reclamos presentados por los uruguayos a aquella dependencia. Entre ellos se detallaron quejas respecto de derogaciones efectuadas por la LUC a la Ley de Inclusión Financiera. 

El integrante de la Comisión Técnica Asesora de AEBU, economista Aníbal Peluffo, señaló a Radio Camacuá que este informe se publica anualmente. Por primera vez, en 2021, se registraron críticas de consumidores sobre diferencias de precios según se pagaran las compras con tarjetas de débito, tarjetas del Mides u otros instrumentos electrónicos o se lo hiciera en efectivo. 

Una de las quejas refirió a la exigencia de un monto mínimo de compra para aceptar pagos con medios electrónicos, conducta comercial prohibida por la Ley de Inclusión Financiera y que la LUC habilitó desde 2020, para perjuicio de los consumidores. De esta forma, la libertad de que gozaban millones de consumidores para elegir los medios de pago fue transferida a los vendedores, con el resultado antes enunciado. Luego de la entrada en vigor de la LUC —explicó Peluffo— «los comercios pueden cobrar precios distintos de acuerdo al medio de pago que se emplee, y ofrecerte pagar más barato si se abona en efectivo, o 'por menos de tanto no acepto pago con medios electrónicos'. Esto apareció en el reporte como una novedad y lo curioso es que la gente pensaba que era algo ilegal, pero el marco nuevo establecido por la LUC permite que pueda hacerse». De esta forma, un reporte del propio Gobierno demuestra cuán desconocidas son las consecuencias de la LUC para el ciudadano común y la sorpresa con que este se manifiesta al sufrirlas en carne propia.

Según Peluffo, la legislación actual deja a criterio de cada comercio fijar un mínimo para la aceptación de los medios de pago electrónicos, con lo cual queda desvirtuada la intención de la anterior conducción económica de equiparar todos los medios de pago. Es más: indicó que «por algo» el nombre completo de la Ley de Inclusión Financiera es Ley de Inclusión Financiera y Promoción de los Medios de Pago Electrónicos. «¿Por qué estos se promocionaban con un descuento de IVA, por ejemplo? Porque es una modernización que produce una rebaja general de costos para la economía». La reducción de costos se produce a distintos niveles, como se da en el caso del menor manejo de dinero en efectivo, con ahorro en su transporte y custodia, y menores exigencias de seguridad, agregó el experto. «Hay empresas que se dedican al transporte de dinero y a proporcionar cambio a los comercios, y con estos servicios bajan sus costos y ello se traduce en beneficios para la economía en general. Es —se podría decir— una ganancia de productividad». 

Posteriormente el asesor económico de AEBU expresó que la Ley de Inclusión Financiera contenía un impulso de formalización de las actividades comerciales y los servicios. «Si la mayoría de las transacciones están registras electrónicamente en un sistema, es más difícil que estas se hagan en negro». Si se atiende a este concepto se concluye que la LUC alienta las transacciones en negro (por las cuales tantas organizaciones comerciales abogaron), al igual que sucedió con la elevación del límite para las operaciones en efectivo, que de 4000 dólares se elevó a 100 000.